14/01/2010 por admin
Ante el segundo aniversario de la «Ley de la memoria»
El 27 de diciembre de 2007 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 310 el texto de lo que dimos en llamar «Una ley aberrante». A dos años de su promulgación no cabe más que ratificarse en esa calificación.
La cuestión central en relación con la «Ley de la memoria» es que no reconoce jurídicamente a las víctimas del franquismo: no sólo a las de la Guerra Civil, sino a las de todo el periodo dictatorial. Tampoco reconoce las víctimas españolas de la II Guerra Mundial, ni las que lucharon en los ejércitos aliados, ni las que fueron exterminadas en los campos nacionalsocialistas, como por ejemplo los españoles republicanos exterminados en el campo de Mauthausen.
La ley aprobada en 2007 implica el reconocimiento de la legalidad franquista y tiene una manifiesta voluntad de servir de defensa de esa legalidad al plantear la igualación de víctimas y victimarios, o sea, de los responsables de una serie crímenes graves bajo el derecho internacional.
Esta Ley ignora las Resoluciones 32(1) y 39(1) de la Asamblea General de la ONU (aprobadas en 1946), que proclamaron que el Régimen de Franco fue «fundado con el apoyo de las Potencias del Eje», y que «En origen, naturaleza, estructura y conducta general, es un régimen de carácter fascista, establecido en gran parte gracias a la ayuda recibida de la Alemania nazi de Hítler y de la Italia fascista de Mussolini». Ésta es la única definición con valor jurídico en derecho internacional existente y la Ley de la memoria la oculta, utilizando definiciones sin valor jurídico alguno.
Esta Ley desconoce intencionadamente la resolución 95 (I) de la Asamblea General de la ONU, así como la jurisprudencia comparada europea en cuanto a las víctimas provocadas por los Países del Eje, es decir, las provocadas por el fascismo y el nacionalsocialismo, y también la jurisprudencia directamente relacionada con el tratamiento jurídico a las víctimas de violaciones graves a los derechos humanos.


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