De la ley a la ley y juzgo lo que me toca






De la ley a la ley y juzgo lo que me toca
En fechas recientes, uno de los columnistas de la prensa asturiana al que sigo con más atención, Luis Arias Argüelles-Meres, reflexionaba acerca del verdadero contenido de la amnistía general para delitos políticos del año 77. Entonces toda la izquierda celebró la salida de las cárceles de cientos de presos condenados por el anterior régimen franquista y en los que se incluían desde sindicalistas y militantes de organizaciones absolutamente pacíficas a activistas de grupos que practicaban la lucha armada. Parece increíble que nadie entonces se percatase de que con esa Ley no sólo se aministiaba a los presos o procesados antifranquistas sino también a los propios represores de la dictadura, dejando impunes desde ese momento todos los posibles delitos de los que pudieran responder en un nuevo régimen democrático. La amnistía era para ellos, recordaba Argüelles-Meres en su artículo. Una reflexión que debería provocar el sonrojo de esa izquierda de la transición que aún se pavonea por la esfera pública envaneciéndose de sus meritorias labores por la recuperación de la democracia en este estado.
Aquella Ley de Amnistía de 1977 venía a reforzar jurídicamente la propia Ley de Reforma Política diseñada con tanta sagacidad por Torcuato Fernández Miranda que empalmaba la legitimidad del régimen de Franco (dudosa si tenemos en cuenta que emanaba de un alzamiento contra el estado constitucional de la II República) con la del nuevo, abierto a las formas democráticas, de su sucesor el Rey Juan Carlos I. Los responsables de miles de ejecuciones, torturas, persecuciones, encarcelamientos, abusos de poder y autoridad de todo tipo, llevadas a cabo durante la dictadura: jueces, militares, cuerpos policiales o parapoliciales, voluntarios falangistas, funcionarios públicos, cargos políticos, habrían actuado de acuerdo con la legislación entonces vigente y en cumplimiento de la misma, por tanto, como recordaba hace unos días un ministro del último gobierno de Franco, de paso por Asturies: “el cumplimiento de la ley no puede ser nunca un delito”. La promulgación de la Amnistía venía a cerrar cualquier posibilidad de que se revisase en determinados casos o en un conjunto de ellos la interpretación de la Reforma Política según la fórmula de Fernández Miranda: ”de la ley a la ley”.
El citado ministro del último gobierno de la dictadura, el que suscribió solidariamente las condenas a muerte de dos militantes de ETA y tres del FRAP, ejecutadas el 27 de septiembre de 1975 –hace ahora cuarenta años-, se permitía reírse de la causa abierta por una jueza argentina contra él y otros responsables aún vivos de la represión franquista. Su jovialidad y sentido del humor incluso le llevaban a afirmar que el autoproclamado Caudillo de España era quien había hecho posible la democracia de la que disfrutamos tras su muerte y la posterior reconversión de los políticos franquistas en apasionados constructores del nuevo Estado de Derecho. Por cierto, según sus propias palabras, la causa abierta en Argentina, lo habría sido a instancias de “terroristas” o “antiguos terroristas”.
Sin ser tan locuaces por ahí se pasean o se airean en motos de gran cilindrada otros de los citados en la causa abierta en Buenos Aires como el famoso Billy el Niño y decenas de antiguos compañeros suyos de las distintas delegaciones territoriales de la Brigada Político Social, o Rodolfo Martín Villa, ministro de Relaciones Sindicales en el efímero gobierno de Arias Navarro y posteriormente de Gobernación con Suárez, uno de los personajes más siniestros y camaleónicos de la vida pública española contemporánea.
Los jueces invocan la Ley de Amnistía del 77 para despachar los requerimientos de la causa abierta en Argentina y el propio Gobierno de Mariano Rajoy se inhibe, argumentando la misma razón, de cualquier compromiso hacia la persecución de los crímenes contra la Humanidad cometidos en territorio español por la dictadura de Franco. El partido presidido por Rajoy tampoco ha sido capaz nunca de condenar públicamente los crímenes de Estado cometidos por el régimen de los militares que se sublevaron contra el Gobierno de la República el 18 de julio del 36 ni de reconocer el sufrimiento de las víctimas del franquismo y su derecho a una rehabilitación moral imborrable para toda la sociedad, como sí ha hecho con la víctimas –igualmente merecedoras de ambos derechos- del terrorismo.
El gobierno del Partido Popular responde con sus actos de la ideología en la que sustenta ese totum revolutum de las derechas españolas que ni la CEDA ni la Falange ni el franquismo lograron en sus tiempos cohesionar de la manera ejemplar en la que lo ha logrado la organización surgida de la Alianza Popular de Fraga Iribarne y sus magníficos. Cada cual viene de donde viene. Los jueces, se da por hecho, que, independientemente de la ideología que profesen, deberían regir siempre sus actuaciones en la imparcialidad y el escrupuloso cumplimiento de La Ley y de Las Leyes (nacionales o internacionales) y da la sensación de que algunos de ellos no muestran el mismo celo a la hora de valorar si procede conocer acerca de los crímenes contra la Humanidad cometidos en el franquismo y más bien rechazan meterse en esos berenjenales, que a la hora de buscarle tres pies al gato para ver si procede empapelar a un cargo electo de la relapsa colega Carmena por unos chascarrillos de humor negro compartidos en twitter con un amiguete de su misma ralea.
El delito de humillación a las víctimas del terrorismo es perseguible de oficio, sostienen estos, por lo visto, no muy atareados funcionarios de la Audiencia Nacional, que han reabierto la causa contra el concejal madrileño Guillermo Zapata. Una de estas posibles víctimas humilladas, Irene Villa, manifestó en su día por escrito al titular del juzgado que abrió las primeras diligencias contra el concejal, que no se consideraba ofendida por esos chistes de mal gusto que circulan desde hace años por la memoria oral y de los que ella misma se reía. Más papistas que el Papa, una agrupación ultra que recurrió el sobreseimiento de la causa y el juez que tomó en cuenta este recurso, vienen a sostener que una víctima del terrorismo como Irene Villa, sujeto de las posibles humillaciones a su dolor, no tiene derecho a renunciar a que se persiga judicialmente a un autor de comentarios difundidos en redes sociales que humillan a las víctimas del terrorismo en general. De ahí a que lleguen a acusar a Irene Villa de apología del terrorismo hay poco trecho.
Los delitos de crímenes contra la Humanidad o su apología, para determinados jueces, ni son perseguibles de oficio ni procede tenerlos en cuenta afortunadamente para ellos y por la gracia de la Ley de Amnistía del 77, que tantos antifranquistas celebraron en su día y de la que hoy no parece, visto lo visto, que se merezca muchas fiestas.
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